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Comprobantes

e-Factura o e-Ticket: cuál corresponde según tu cliente

Es la duda más común al empezar. La respuesta cabe en una regla — y en tres casos especiales que conviene conocer.

La regla: si tu cliente te da un RUT, emitís e-Factura. Si es consumidor final (no te da RUT), emitís e-Ticket. Eso resuelve el 95 % de los casos.

Por qué existe la diferencia

La e-Factura identifica al comprador con su RUT, lo que le permite deducir el IVA de esa compra. El e-Ticket no identifica fiscalmente al comprador (o lo hace con cédula), por eso se usa en ventas a consumidor final. Para vos el trabajo es el mismo: cargar la venta. Para tu cliente empresa, recibir e-Factura es lo que le permite descontar el gasto.

Los tres casos especiales

Cliente del exterior

Corresponde e-Factura de exportación (para bienes o servicios al exterior). No lleva IVA y tiene su propio tipo de CFE.

Devoluciones o descuentos posteriores

No se "borra" un comprobante: se emite la nota de crédito correspondiente (de e-Factura o de e-Ticket, según el original).

Consumidor final con importe alto

Superado cierto monto, el e-Ticket debe identificar al comprador (nombre y documento). El software te lo pide solo al cargar el importe.

En facturar.uy ni lo pensás

Al cargar la venta, el sistema te sugiere el tipo de comprobante según el receptor: cargás un RUT y propone e-Factura; lo dejás vacío y propone e-Ticket; marcás exterior y arma la de exportación. La numeración, series y CAE de cada tipo corren solos.

¿Te resultó útil este artículo?

Emití el comprobante correcto, siempre.

Probá facturar.uy — el tipo de CFE se elige solo.

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